Como se sabe que antes de la presentación del proyecto de ley, regia el requisito de firmas de adherentes que significa que al menos el 4% de los ciudadanos que sufragaron en la última votación que se realizó en el País, y con un porcentaje no menor al 0.1% de votantes militares o afiliados.
La Comisión de Constitución del Congreso aprobó como requisito para inscribir una organización política tener un número de afiliados o militantes no menor al 0,1% del padrón del último proceso electoral.
La propuesta fue aprobada por mayoría con 12 votos a favor, cero en contra y cinco abstenciones.
De esta forma, quedó eliminada la obligación de presentar un número de firmas de adherentes equivalente al 4% de los ciudadanos que sufragaron en las últimas elecciones de carácter nacional.
Cambiar las firmas de adherentes por afiliados o militantes es una las propuestas de reforma política del Ejecutivo, incluida en el proyecto de ley sobre inscripción y cancelación de organizaciones políticas.
El planteamiento del Ejecutivo era cambiar el requisito de las firmas de adherentes (4% de los ciudadanos que sufragaron en las últimas elecciones generales) por una relación de afiliados o militantes no menor al 0.075% de los votantes, es decir, aproximadamente 12,000 personas.
Sin embargo, durante el debate se consideró que se debía elevar la valla a 0.1% del padrón electoral, lo que equivaldría a 23 mil afiliados.
Durante la discusión, legisladores como Héctor Becerril (Fuerza Popular) o Marco Arana (Frente Amplio) se mostraron a favor de mantener la firma de adherentes, lo cual fue rechazado por sus colegas Marisa Glave y Alberto Quintanilla (Nuevo Perú), Gino Costa (Bancada Liberal) o Mauricio Mulder (Apra).
Como parte de la reforma política, el Ejecutivo sometió a cuestión de confianza seis proyectos de reforma constitucional, las cuales buscan que las elecciones generales del 2021 se rijan bajo nuevas reglas.
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